Desde el 1 de abril los autónomos y sociedades que desarrollen una actividad de transporte de mercancías o viajeros podrán solicitar las ayudas previstas en el artículo 25 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo.
BENEFICIARIOS: La ayuda directa puede ser solicitada por los trabajadores autónomos y sociedades con personalidad jurídica propia legalmente constituidas en España, que no formen parte del sector público, que sean titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDPE, MDLE, atendiendo al número y tipología de vehículo adscritos a la autorización y que a fecha 29 de marzo de 2022, se encuentren de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte. Las ayudas se reparten según las actividades relacionadas en el Real Decreto-ley (en función del CNAE de la actividad desarrollada).
IMPORTE DE LA AYUDA: dentro de cada actividad, en función del número y tipo de vehículo explotados por cada beneficiario será:
Vehículo | Importe (euros) |
---|---|
Mercancías pesadas. Camión MDPE. | 1250 |
Mercancías ligero. Furgoneta. MDLE | 500 |
Autobús. VDE. | 950 |
Taxis. VT. | 300 |
Vehículo alquiler con conductor. VTC. | 300 |
Ambulancia. VSE. | 500 |
LIMITE DE LA AYUDA: En ningún caso, el importe resultante podrá superar la cantidad de 400.000 euros.
FORMA DE PRESENTACIÓN: A través de la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración tributaria, rellenando el formulario electrónico en el que deberá figurar la cuenta bancaria en la que se debe realizar el abono.
PLAZO DE SOLICITUD: El plazo de presentación del formulario finalizará el 30 de abril de 2022. No obstante, al ser dicho día un sábado, el plazo de presentación se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. (2 de mayo)
CONCESIÓN: La ayuda acordada se abonará mediante transferencia bancaria, entendiéndose notificado el acuerdo de concesión por la recepción de la transferencia.
Rogamos que los clientes que deseen acogerse a la presente ayuda, nos envíen un correo electrónico solicitándolo a nuestra dirección de correo canoadvocats@icab.cat antes del día 25 de ABRIL 2022.